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Los planes de pensiones siguen siendo una de las formas más
interesantes para la jubilación. Al llegar a la finalización prevista
de su plan, percibe un capital o una renta (temporal o vitalicia). Los
planes de pensiones se configuran como instituciones de previsión voluntaria
y libre, cuyas prestaciones de carácter privado pueden o no ser complemento
del preceptivo sistema de seguridad social obligatoria, al que en ningún
caso sustituye. Independientemente del tratamiento fiscal
que puedan tener las aportaciones a planes de pensiones, y sea cual sea su procedencia
(empresarial o particular) el importe anual dedicado a planes de pensiones no
podrá ser en ningún caso, superior a los límites marcados
por la normativa legal de cada momento. Fiscalidad.- La
legislación fiscal vigente otorga a los planes de pensiones un trato muy
privilegiado, ya que las cantidades aportadas REDUCEN LA BASE IMPONIBLE DEL IRPF. >
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